El presidente colombiano Juan Manuel Santos, sancionó ayer, la Ley 1445 de 2011, que establece nuevas medidas que afectará, principalmente, a las organizaciones deportivas.
Entre diferentes normativas, la Ley 1445, conocida también como “Ley del Deporte” de Colombia, insta a que aquellas instituciones con deportistas profesionales deberán formalizar sus estructuras como corporaciones, asociaciones deportivas o como sociedades anónimas, según lo contemplado en el Código de Comercio colombiano.
La Ley del Deporte de Colombia también contempla penas, como la suspensión del reconocimiento deportivo por parte de Coldeportes (Instituto Colombiano para el Deporte), para las organizaciones deportivas que incumplan con el pago de obligaciones laborales, aportes a la seguridad social, obligaciones impositivas, etc.
Los particulares o personas jurídicas que participen de transacciones comerciales con los clubes, deberán acreditar la procedencia de sus capitales ante la respectiva entidad deportiva, quien a su vez, remitirá dicha información a Coldeportes.
Aquellas personas que ejerzan violencia en eventos deportivos también están contempladas en la nueva ley, ya que serán multados y sancionados. Por ejemplo, una agresión física, será penada con una multa de entre 20 y 100 salarios mínimos mensuales, además de la suspensión de concurrir a eventos deportivos por un plazo de entre 3 y 5 años.
Entre diferentes normativas, la Ley 1445, conocida también como “Ley del Deporte” de Colombia, insta a que aquellas instituciones con deportistas profesionales deberán formalizar sus estructuras como corporaciones, asociaciones deportivas o como sociedades anónimas, según lo contemplado en el Código de Comercio colombiano.
La Ley del Deporte de Colombia también contempla penas, como la suspensión del reconocimiento deportivo por parte de Coldeportes (Instituto Colombiano para el Deporte), para las organizaciones deportivas que incumplan con el pago de obligaciones laborales, aportes a la seguridad social, obligaciones impositivas, etc.
Los particulares o personas jurídicas que participen de transacciones comerciales con los clubes, deberán acreditar la procedencia de sus capitales ante la respectiva entidad deportiva, quien a su vez, remitirá dicha información a Coldeportes.
Aquellas personas que ejerzan violencia en eventos deportivos también están contempladas en la nueva ley, ya que serán multados y sancionados. Por ejemplo, una agresión física, será penada con una multa de entre 20 y 100 salarios mínimos mensuales, además de la suspensión de concurrir a eventos deportivos por un plazo de entre 3 y 5 años.
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